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Reseñas

El Comité de Protección del Medio Marino (MEPC) de la OMI, en su 62º periodo de sesiones de julio de 2011, adoptó el Anexo V revisado del Convenio MARPOL que incluye las reglas para prevenir la contaminación por las basuras de los buques, y que entra en vigor el 1 de enero de 2013. Las Directrices conexas que sirven de ayuda a los Estados y al sector en la implantación del Anexo V del Convenio MARPOL, se han revisado y actualizado y dos de ellas se adoptaron en marzo de 2012 en el 63º periodo de sesiones del MEPC.

La presente publicación contiene:
- La resolución MEPC.219(63) del 2 de marzo de 2012. Directrices de 2012 para la implantación del Anexo V del Convenio MARPOL.
- La resolución MEPC.220(63) del 2 de marzo de 2012. Directrices de 2012 para la elaboración de planes de gesión de basuras.
- La resolución MEPC.201(62) del 15 de julio de 2011. Enmiendas al Anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (Anexo V revisado del Convenio MARPOL).
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CINUBuenosAires | Jan 22, 2014 |
En enero de 2006 se inició un examen a fondo del Convenio de Formación de 1978, que culminó en una Conferencia de las Partes en el Convenio de Formación, celebrada en Manila (Filipinas) del 21 al 25 de junio de 2010, en la que se adoptaron numerosas enmiendas al Convenio y al Código de Formación.

Las enmiendas:
- Actializan las normas de competencia requeridas, en particular a la luz de las nuevas tecnologías.
- Introducen nuevos requisitos y metodologías de formación y titulación.
- Mejoran los mecanismos de aplicación de sus disposiciones, y
- Especifican los requisitos sobre las horas de trabajo y los periodos de descanso, la prevención del uso indebido de drogas y alcohol y las normas de aptitud física para la gente de mar.

La presente publicación recoge el Acta final de la Conferencia de 2010 de las Partes en el Convenio de Formación de 1978, las resoluciones adoptadas por esa Conferencia y el texto completo y refundido del Convenio de Formación, incluidos los artículos originales, el anexo revisado y el Código de Formación.
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CINUBuenosAires | Dec 11, 2013 |
Esta publicación contiene los tres instrumentos más importantes de la OMI que tratan de los dispositivos de salvamento, es decir, el Código internacional de dispositivos de salvamento (Código IDS), la Recomendación revisada sobre las pruebas de los dispositivos de salvamento y el Código de prácticas para la evaluación, la prueba y la aceptación de prototipos de dispositivos y medios de salvamento de carácter innovador.
El Código entró en vigor el 1 de julio de 1998 y desde entonces ha sido objeto de las siguientes enmiendas, de conformidad con el artículo VIII del Convenio SOLAS:
Enmiendas de mayo de 2006, que se adoptaron mediante la resolución MSC.207(81) y entraron en vigor el 1 de julio de 2010;
Enmiendas de diciembre de 2006, que se adoptaron mediante la resolución MSC.218(82) y entraron en vigor el 1 de julio de 2008;
Enmiendas de diciembre de 2008, que se adoptaron mediante la resolución MSC.272(85) y entraron en vigor el 1 de julio de 2010.
El texto refundido del Código IDS incorpora las tres series de enmiedas mencionadas.
INDICE:
Código internacional de dispositivos de salvamento (Código IDS)
Resolución MSC.48(66)
Preámbulo
Capítulo I: Disposicones generales
Capítulo II: Dispositivos individuales de salvamento
Capítulo III: Señales visuales
Capítulo IV: Embarcaciones de supervivencia
Capítulo V: Botes de rescate
Capítulo VI: Dispositivos de puesta a flote y de embarco
Capítulo VII: Otros dispositivos de salvamento.
Prueba y evaluación de los dispositivos de salvamento:
I Recomendación revisada sobre las pruebas de los dispositivos de salvamento:
Parte I Pruebas de prototipo de los dispositivos de salvamento:
-Aros salvavidas
-Chalecos salvavidas
-Trajes de inmersión, trajes de protección contra la intemperie y ayudas térmicas
-Artefactos pirotécnicos: cohetes lanzabengalas con paracaídas, bengalas de mano y señales fumígenas flotantes
-Balsas salvavidas rígidas e inflables
-Botes salvavidas
-Botes de rescate y botes de rescate rápidos
-Dispositivos de puesta a flote y de embarco
-Aparatos lanzacabos
-Luces de situación de los dispositivos de salvamento
-Unidades de destrinca hidrostática
-Sistemas de evacuación marinos
-Proyectores para botes salvadidas y botes de rescate.
Parte 2 Pruebas durante la fabricación e instalación:
-Cuestiones generales
-Equipo individual de flotabilidad
-Equipo portátil de flotabilidada
-Artefactos pirotécnicos
-Embarcaciones de supervivencia
-Medios de puesta a flote y de estiba
-Sistemas de evacuación marinos.
Anexo 1: Proyecto y construcción del dispositivo de prueba de referencia (DPR) para adultos
Apéndice 2: Proyecto y construcción del dispositivo de prueba de referencia (DPR) para niños
Apéndice 3: Proyecto y construcción del dispositivo de prueba de referencia (DPR) para bebés.
II Código de prácticas para la evaluación, la prueba y la aceptación de prototipos de dispositivos y medios de salvamento de carácter innovador: Resolución A.520(13)
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CINUBuenosAires | Jan 18, 2013 |
SafetyNET es un servicio internacional automático por satélite de impresión directa, destinado a difundir entre los buques radioavisos náuticos y meteorológicos, pronósticos meteorológicos, información sobre búsqueda y salvamento (SAR) y otros mensajes urgentes relacionados con la seguridad (la información sobre seguridad marítima (ISM)), y es parte integrante del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM).
En el presente Manual se describe la estructura y el funcionamiento del servicio internacional SafetyNET. Está destinado principalmente a las Administraciones nacionales y los proveedores de información registrados, si bien también puede ser útil para los navegantes que necesiten ampliar la información operacional proporcionada en los manuales de equipo de los fabricantes.
La tercera revisión del texto del Manual internacional SafetyNET se distribuyó a los Estados Miembros de la OHI, y el Subcomité COMSAR los refrendó en su 14º periodo de sesiones, celebrado en mayo de 2010. Las enmiendas entrarán en vigor en enero 2012.
INDICE:
Prólogo
Información general
Servicio SafeyNET
Características generales del sistema de llamada intensificada a grupos (LIG)
Planificación de nuevos servicios SafetyNET
Cambios en los servicios SafetyNET existentes
Funcionamiento del servicio internacional SafetyNET
Difusión de información sobre seguridad marítima
Formato de mensajes y códigos C
Supervisión de la difusión de ISM
Control de la calidad de la difusión de ISM
Acceso al servicio SafetyNET
Funciones de la estación terrena terrestre
Recepción de las transmisiones de SafetyNET
Derechos de utilización de los servicios de SafetyNET
Anexo 1. Panel coordinador del servicios internacional SafetyNET
Anexo 2. Autorización, certificación y registro de los proveedores de información del servicio SafetyNET
Anexo 3. El sistemas de Inmarsat
Anexo 4. Orientación operacional
Anexo 5. Especificaciones para los receptores de llamada intesificada a grupos (LIG)
Anexo 6. Procedimiento de enmienda del manual del Servicio Internacional SafetyNET
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CINUBuenosAires | Jan 18, 2013 |

Estadísticas

Obras
30
Miembros
34
Popularidad
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Valoración
5.0
Reseñas
11
ISBNs
22
Idiomas
1